La Constitución de 2011 reconoce el desarrollo sostenible como un derecho para todos los ciudadanos y ciudadanas instaurando nuevos instrumentos de gobernanza democrática, principalmente a través de los artículos siguientes:

Art. 31. El desarrollo sostenible es un derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas.

Art.35. El Estado actúa para realizar un desarrollo humano sostenible que permita la consolidación de la justicia social y la preservación de los recursos naturales nacionales y los derechos de las generaciones futuras.

Art.136. La organización territorial del Reino reposa sobre los principios de libre administración, de cooperación y de solidaridad. Asegura la participación de las poblaciones afectadas en la gestión de sus asuntos y favorece su contribución al desarrollo humano integrado y durable.

Art.152. El Consejo económico, social y medioambiental puede ser consultado por el gobierno, la Cámara de representantes y por la Cámara de consejeros sobre cualquier cuestión de carácter económico, social o medio ambiental. Emite su opinión sobre las orientaciones generales de la economía nacional y del desarrollo sostenible

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