La Constitución de 2011 reconoce el desarrollo sostenible como un derecho para todos los ciudadanos y ciudadanas instaurando nuevos instrumentos de gobernanza democrática, principalmente a través de los artículos siguientes:
Art. 31. El desarrollo sostenible es un derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas.
Art.35. El Estado actúa para realizar un desarrollo humano sostenible que permita la consolidación de la justicia social y la preservación de los recursos naturales nacionales y los derechos de las generaciones futuras.
Art.136. La organización territorial del Reino reposa sobre los principios de libre administración, de cooperación y de solidaridad. Asegura la participación de las poblaciones afectadas en la gestión de sus asuntos y favorece su contribución al desarrollo humano integrado y durable.
Art.152. El Consejo económico, social y medioambiental puede ser consultado por el gobierno, la Cámara de representantes y por la Cámara de consejeros sobre cualquier cuestión de carácter económico, social o medio ambiental. Emite su opinión sobre las orientaciones generales de la economía nacional y del desarrollo sostenible